Este viernes, Mendoza realizó el pedido de inconstitucionalidad contra la resolución de la Nación, que dispuso la cesión de derechos de tierras del Sur de Mendoza. Se trata de las normativas nacionales publicadas en la jornada de hoy, sobre la cesión de tierras a una comunidad autodefinida como mapuche, pero que hasta el momento no está registrada de esa forma.
El gobernador Rodolfo Suarez, instruyó al asesor de Gobierno, Ricardo Canet, y al fiscal de Estado, Fernando Simón, para que activen los mecanismos legales, para solicitar la inconstitucionalidad de las resoluciones de la Nación a los organismos competentes. En éstas, dispusieron la cesión de tierras a supuestos mapuches, en el sur de Mendoza.
“Solicité a la Asesoría de Gobierno y a la Fiscalía de Estado, que se realicen los procedimientos necesarios ante los organismos competentes, para declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones nacionales, que han determinado la entrega de tierras en el Sur de la provincia” expresó el Gobernador en su cuenta de Twitter.
“Por años el gobierno nacional ha permitido la desidia que hemos visto en la Patagonia, en materia de seguridad, protegiendo a grupos que dicen ser descendientes de pueblos originarios y que someten los principios de libertad y propiedad privada. En Mendoza no lo permitiremos” señaló.
Este viernes 27 de enero, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), reconoció la ocupación “actual, tradicional y pública”de dos comunidades pertenecientes al pueblo Mapuche en el sur mendocino, en las resoluciones 36 y 42 del INAI. Sin embargo, desde el gobierno provincial investigarán el caso para declarar la inconstitucionalidad de estas.
El gobierno provincial, no fue consultado para realizar esta entrega de tierras. La organización que reclama las tierras del denominado Lof El Sosenado, no cumple con uno de los requisitos clave que establece la Ley 26.160.
La organización que reclama las tierras del denominado Lof El Sosenado, no cumple con uno de los requisitos clave que establece la Ley 26.160, que reglamenta la Emergencia.
En su artículo 1, la norma establece: “Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de 4 (CUATRO) años”.
El texto, contradice de forma clara la resolución del INAI, que sostiene: “Dése por cumplido el Relevamiento Técnico, Jurídico y Catastral dispuesto por el Artículo 3° de la Ley Nacional Nº 26.160, Decreto PEN N°1122/07 y la Resolución INAI N°587/07 en la COMUNIDAD LOF EL SOSNEADO, perteneciente al Pueblo Mapuche, con asiento en la provincia de Mendoza, con Personería Jurídica en trámite”.
Otro motivo para analizar, es la falta de claridad en la resolución acerca de los estudios técnicos y mediciones catastrales. Cabe destacar, que no es la primera vez que desde la organización mapuche buscan quedarse con territorios en la provincia, como ya ocurrió con un reclamo en la zona de Los Molles.