“Rechácese el recurso interpuesto contra el decreto de fecha 03/01/2025, atento los términos del art. 282 y 284 del C.P.C.C.N. Ocurra por la vía que corresponda“, determinó el juez. El dictamen se conoció en la tarde de este martes.
De esta manera, el juez federal Marcelo Garnica rechazó el recurso de apelación presentado por el PAMI Mendoza para que se volviera a implementar la inscripción de los jubilados que reciben sus remedios. A fines de diciembre, el Juzgado Federal Nº 2 había resuelto suspender aquella medida en la provincia.
Garnica resolvió, en dos oportunidades, no hacer lugar a la presentación hecha por los abogados de la seccional que en Mendoza tiene a su cargo David Litvinchuk. Es decir, que confirmó el fallo anterior de su par, Pablo Quirós.
En su presentación, el PAMI había ido contra el fallo del juez Pablo Quirós, cuando hizo lugar a la medida cautelar presentada a su vez por la Asociación de Jubilados y Pensionados de Mendoza (Jubypen) contra la resolución 2431/2024 del organismo nacional.
La apelación de la obra social fue para impugar el efecto devolutivo con el que se concedió el recurso de apelación, según se observó en los argumentos de la presentación oficial.
“Genera a mi mandante un gravamen irreparable”, sostuvo en Guido Carecedo en representación del instituto nacional de servicios sociales. En aquella instancia, el PAMI consideró que no se habían dado los fundamentos del rechazo y que debido a que tenía 245.919 afiliados en Mendoza la decisión de Quirós era de cumplimiento imposible.
Por contrapartida, la obra social adujo que la cobertura se respetaba al 100 por ciento de los medicamentos prescriptos, por lo que no se vulneraba el derecho al acceso a la salud de los afiliados.