Estas son las nuevas fechas.
La recategorización para el Monotributo fue extendida por el Gobierno Nacional, según la Resolución General 5534/2024 de la AFIP.
Los contribuyentes ahora tienen hasta el 9 de agosto de 2024 para completar este proceso, con la posibilidad de abonar la cuota correspondiente hasta el 28 de agosto.
Durante la recategorización, se deben considerar los ingresos brutos acumulados en el último año, así como el consumo de energía eléctrica, el espacio utilizado para la actividad y los alquileres pagados.
La categorización actualizada será efectiva desde el 1° de agosto de 2024 hasta el 31 de enero de 2025.
Este año hubo importantes modificaciones introducidas en las categorías del Monotributo a través de las Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, destacando el incremento en los límites de facturación y el precio de venta unitario, ahora establecido en $385.000.
Estos ajustes permitirán que más contribuyentes califiquen para categorías inferiores y facilitarán la reincorporación de aquellos previamente excluidos por exceder los límites de ingresos, sin la necesidad de esperar tres años, aplicable a los casos desde el 1° de enero hasta el 31 de julio de 2024.
Aquellos que se acojan a esta opción no podrán reclamar la devolución de pagos previos.