Fue una decisión unánime.
La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad un proyecto de ley que introduce modificaciones importantes en la normativa de seguridad vial. La principal novedad es la extensión de la vigencia de las licencias de conducir para conductores de hasta 65 años, que ahora será de diez años en lugar de los cinco actuales.
Se trata de una iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo en conjunto con un proyecto presentado por el diputado provincial Gustavo Cairo, se trabajó a partir de la acumulación de ambos proyectos en la Cámara de Diputados.
Los cambios introducidos en el Senado de Mendoza, fueron incorporados en el artículo 22bis de la Ley de Tránsito, vinculado a la vigencia de estas licencias. Por este motivo es que la propuesta deberá volver a la Cámara de Diputados en segunda revisión.
Las modificaciones a la Ley 9024, que regula el tránsito y la seguridad vial en la provincia, buscan adaptar la normativa provincial a estándares internacionales y simplificar el proceso de renovación de las licencias. Aunque Mendoza ha adherido parcialmente a la Ley Nacional 24.449, que regula el sistema de tránsito a nivel Nacional, la provincia mantiene su propia normativa en ejercicio de sus facultades constitucionales.
Nuevas disposiciones de vigencia
La Ley Nacional de Tránsito establece una vigencia de cinco años para las licencias de conducir hasta los 65 años, permitiendo a cada provincia definir el criterio para edades superiores. En Mendoza, la normativa actual establece que, a partir de los 65, la renovación se realiza cada tres años y, desde los 70 en adelante, se exige de forma anual, sumado a una prueba de manejo.
Con la nueva normativa, el periodo de vigencia de las licencias de conducir se extiende de la siguiente manera:
Hasta los 65 años: vigencia de 10 años
De 66 a 75 años: vigencia de 5 años
A partir de los 76 años: vigencia de 3 años
Quedan excluidos de esta disposición los condenados por delitos relacionados con la conducción imprudente y aquellos reincidentes en infracciones por manejar bajo los efectos del alcohol. En estos casos, la vigencia de la licencia se mantendrá en cinco años.
Requisitos para la renovación
La ley aprobada introduce también cambios en los requisitos para la renovación de la licencia de conducir. Se estipula que:
No debe haber transcurrido más de un año desde el vencimiento de la licencia; en caso contrario, el trámite se considerará como la obtención de una nueva licencia.
Los conductores mayores de 65 años contarán con un descuento del 50% en el arancel de renovación.
Es obligatorio presentar un certificado de libre deuda de infracciones de tránsito.
Se debe realizar una declaración jurada indicando no haber padecido afecciones médicas que puedan afectar la capacidad para conducir.
Todos los solicitantes deberán aprobar un examen médico psicofísico que evalúe su aptitud física, visual, auditiva y psíquica.
Para los mayores de 65 años, no se requerirá una nueva prueba de manejo, salvo que exista una indicación médica o que haya pasado más de un año desde el vencimiento de la licencia. El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumpla funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de renovación.
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