Provincia

Trabajadores de la educación se declararon en asamblea

Equipos profesionales de la DAE ex Doaite se manifestaron contra la resolución 4896/24 publicada oficialmente hace algunos días.

Bajo el lema, «defendemos; interdisciplina, autonomía profesional, derechos niñas ,niños, adolescentes. Defendemos la educación de calidad».

El Gobierno Escolar publicó la norma legal que reestructura las funciones de los profesionales de la Ex DOAITE, llamada ahora Dirección de Acompañamiento Escolar.

Se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 4896-DGE-24, que define las funciones de la Dirección de Acompañamiento Escolar y el trabajo coordinado con las escuelas de Mendoza.

Qué dice la norma publicada por la DGE:

Artículo 1ro.- Dispóngase que las principales funciones de los profesionales de la Dirección de Acompañamiento Escolar (DAE) de la Dirección General de Escuelas serán:

a. Estrategias preventivas:

Implementar estrategias preventivas de cuidado de salud mental que permitan fortalecer conductas protectoras y la identificación de problemas de salud mental emergentes en los estudiantes.

Implementar estrategias de diagnóstico a través de la utilización de herramientas validadas.

Desarrollar intervenciones preventivas a través de la ejecución de actividades que permitan el desarrollo de habilidades socioemocionales.

Implementar talleres de capacitación para docentes y personal escolar sobre identificación y técnicas de afrontamiento frente a situaciones emergentes en la esfera de la salud mental (al menos una vez al mes).

Diseñar e implementar acciones que fomenten un ambiente escolar seguro e inclusivo que promueva el bienestar emocional de los estudiantes.

Planificar y ejecutar estrategias que busquen fortalecer la educación sexual integral y la prevención de consumos problemáticos.

Realizar relevamiento de situaciones que requieran atención temprana.

Implementar evaluaciones periódicas que permitan el ajuste en las intervenciones.

Elaborar y llevar a cabo intervenciones que busquen disminuir cualquier forma de violencia en la institución educativa.

b. Presencia periódica en las escuelas:

Brindar apoyo continuo a directivos y equipos docentes asegurando la presencia en las escuelas en horarios fijos y garantizando el asesoramiento y la orientación.

Orientar y acompañar a las instituciones en el desarrollo de su proyecto de convivencia, teniendo en cuenta los marcos normativos que respondan a las características de las instituciones, de sus actores y que garanticen trayectorias escolares continuas y completas.

Realizar informes de las situaciones urgentes, críticas y/o emergentes, que serán elevados oportunamente según requerimiento de la DAE. Asimismo, se elaborarán informes que reflejen el trabajo de relevamiento vinculado a la función de los profesionales. El objetivo es lograr trazabilidad y seguimiento de los estudiantes y sus problemáticas.

c. Situaciones emergentes:

Orientar a directivos y docentes frente al abordaje de diversas situaciones que afectan a las infancias y adolescencias en forma inmediata, precisa y certera.

Orientar la intervención teniendo en cuenta la situación particular del estudiante.

Dar cumplimiento a la Guía de Actuación ante situaciones emergentes. En situaciones urgentes, emergentes o críticas que requieran derivación a otros efectores, el directivo de la institución se comunica en primera instancia con el profesional DAE de la escuela y el profesional realiza, aplicando el criterio correspondiente, la derivación. En caso que el profesional no se encuentre en la institución debe informar al equipo central de profesionales DAE.

d. Intervenciones de posvención:

Establecer mecanismos de trabajo conjunto para casos que requieran intervenciones de posvención. La Dirección de Salud Mental de la provincia de Mendoza es la autoridad de aplicación frente a esta problemática específica, y por ello, se deben coordinar las estrategias que deberán implementar los profesionales de la DAE en la comunidad educativa.

e. Trabajo interdisciplinario:

Fortalecer el trabajo conjunto con los profesionales de las distintas disciplinas buscando un abordaje biopsicosocial, cumpliendo y haciendo cumplir la legislación vigente en lo que refiere a NNyA, para un abordaje integral de las problemáticas de los estudiantes.

Fortalecer el trabajo en articulación con los equipos técnicos de educación especial en lo referido a diagnóstico e informes de los estudiantes.

f. Trabajo con la comunidad educativa:

Desarrollar estrategias de involucramiento de las familias y referentes vinculares en la promoción y prevención de la salud mental y en la intervención temprana.

Establecer instancias de sensibilización para familias y referentes vinculares sobre la importancia de la corresponsabilidad en la educación y salud integral de los estudiantes.

Generar instancias de capacitación para docentes y familias o referentes vinculares, en la identificación y actuación frente a situaciones que pudieran afectar de forma negativa la salud mental de los estudiantes.

g. Trabajo intersistémico:

Generar condiciones para fortalecer el trabajo en red entre las distintas organizaciones y equipos del sistema educativo, para garantizar una respuesta coordinada y eficaz ante las diversas necesidades de los estudiantes.

Crear mesas de trabajo conjunto con otros sistemas, ministerios y servicios destinados a la promoción, prevención, asistencia, protección, resguardo y restablecimiento de los derechos de las NNyA.

h. Formación y capacitación continua de los profesionales:

Participar en programas de formación continua para los equipos interdisciplinarios sobre técnicas de salud mental en educación.

Participar en conferencias y talleres para adquirir mejores prácticas y avances en el campo.

i.Visitas domiciliarias

Realizar visitas domiciliarias en casos de ausentismo y vulneración de derechos que permitan reconocer el entorno familiar y social del estudiante, con el objetivo de diseñar estrategias de apoyo personalizadas y coordinadas con directores, líderes de asistencia, asesores de supervisión y otros actores cuando sea oportuno y necesario.

j. Monitoreo y mejora de las acciones

Establecer y cooperar con la DAE en acciones que permitan monitorear y evaluar la realización de las intervenciones de prevención y acompañamiento.

k. Disponibilidad de los profesionales

Durante períodos de receso escolar o situaciones excepcionales que impidan el dictado de clases, el profesional de la DAE debe estar disponible para intervenir en caso de necesidad. La DAE define el esquema de intervención en tales situaciones.

Artículo 2do.- Establézcase que las principales funciones del equipo central de la DAE serán coordinar a los profesionales de los equipos seccionales en toda la provincia, para planificar e implementar estrategias preventivas y de intervención en salud mental y bienestar estudiantil. Además, deben ofrecer apoyo continuo a estos profesionales en las escuelas, asegurando la presencia y el acompañamiento a docentes y familias. Es fundamental que acompañen, supervisen y evalúen las acciones realizadas por los equipos seccionales, promoviendo el fortalecimiento del trabajo interdisciplinario y la articulación efectiva con los actores institucionales y la comunidad educativa.

Artículo 3ro.- Efectúese una reestructuración de los horarios y lugares de cumplimiento de las funciones de los profesionales con el objetivo de mejorar las acciones que implementan en las escuelas, conservando la cantidad de horas asignadas a cada uno. Estas medidas buscan aumentar la presencia de los profesionales en las instituciones escolares mejorando la calidad de los servicios a los estudiantes, asegurando que haya suficientes profesionales capacitados y especializados en cada escuela de nivel inicial y primario.

Artículo 4to.- Dispóngase que cada escuela de nivel inicial y primario cuente con la presencia estipulada previamente, de un profesional de DAE con un mínimo de cuatro (4) horas en horarios fijos.

Artículo 5to.- Impleméntese la reestructuración teniendo en cuenta:

Se considerará la cantidad de horas asignadas a cada profesional.

Se destinará 3 horas por profesional al trabajo interdisciplinario y un 10% a la carga de las intervenciones profesionales en el GEM.

Se establecerán entonces, la cantidad de horas que cada equipo destinará al trabajo en las escuelas de la sección, distribuyéndose esas horas en forma proporcional a las matrículas de cada escuela, y asegurándose un mínimo de cuatro (4) horas por institución escolar.

Teniendo en cuenta esta cantidad y las horas asignadas a cada profesional, la distribución se trabajará al interior de cada equipo seccional junto con las referentes del equipo central de DAE, para establecer la cantidad definitiva que cada profesional cumple en las escuelas. Se deberá tener en cuenta, las características sociodemográficas de las escuelas (rurales y urbanas), el índice de vulnerabilidad educativa (IVE), las necesidades psicopedagógicas, psicológicas, sociales y fonoaudiológicas de los estudiantes. El servicio deberá ajustarse a la necesidad de la escuela.

En las secciones con escuelas albergues, dadas las particularidades de los regímenes y las poblaciones a las que atienden, la distribución de los profesionales se definirá con la responsable del equipo central del departamento (se establecerá horarios y funcionamiento de los equipos).

Los profesionales deben informar a la referente del equipo central, en forma fehaciente, las escuelas, días y horarios en los que cumplen su carga horaria. Esta información se debe completar en un plazo no mayor a cinco días hábiles luego de la reunión con la referente de DAE. Las jornadas laborales deben contemplar presencia institucional en el turno mañana y tarde y, no pueden exceder las 8 hs diarias.

En los casos en los que se necesite la intervención desde una disciplina específica, se tendrá que realizar intercambios entre los profesionales de la sección.

Artículo 6to.- Establézcase que la asistencia del profesional a la escuela sea registrada y firmada por un directivo o secretario, enviando este registro de manera online a la DAE.

En caso de solicitar o informar licencias o cualquier otra novedad que justifique la inasistencia a la escuela, el trámite debe gestionarse a través del área de RRHH de la DAE. Únicamente será validada toda novedad que sea comunicada por el profesional mediante el correo oficial a la DAE.

Es responsabilidad del profesional de la DAE informar a la institución educativa aquello que motivara su inasistencia.

Artículo 7mo.- Dispóngase que las escuelas de nivel inicial y primaria dispondrán de un espacio físico para aquellos equipos que no cuenten con sede para el trabajo interdisciplinario, entrevistas, reuniones individuales o grupales, u otra situación en lo relativo al servicio que prestan los profesionales de la DAE.

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