Cuáles son los requisitos para implementarlo.
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía oficializó este martes el reglamento que deberán seguir las estaciones de servicio que decidan implementar el autoservicio de combustibles líquidos, una modalidad habitual en otros países que ahora comienza a regularse en Argentina.
Mediante la Resolución 147/2025, publicada en el Boletín Oficial, se establecieron el procedimiento administrativo, las condiciones de seguridad obligatorias y el certificado técnico que deberán presentar las estaciones interesadas en ofrecer este servicio de forma autónoma al cliente.
Esta nueva disposición reglamenta el Decreto 46/2025, que ya había autorizado de manera opcional el uso de esta modalidad en todo el país.
En línea con los cambios promovidos por el Gobierno nacional, se remarcó que la resolución se encuentra “en sintonía con los principios de libre competencia, desregulación y mínima intervención estatal”.
Qué se necesita para implementar el autoservicio
El marco técnico de la medida está compuesto por tres anexos de cumplimiento obligatorio que deberán respetar quienes deseen operar con esta modalidad:
Anexo I: Procedimiento para obtener la autorización de la modalidad autodespacho.
Anexo II: Condiciones de seguridad para operar instalaciones habilitadas para el autoservicio.
Anexo III: Certificado de Auditoría de Seguridad (Protocolo de Cumplimiento Técnico).
La autoridad encargada de otorgar los permisos será la Subsecretaría de Combustibles Líquidos, que también tendrá la facultad de hacer modificaciones o ampliaciones a la reglamentación en el futuro.
Según detalla la normativa, el objetivo es que la implementación de esta nueva modalidad “priorice la seguridad operativa, tanto para los usuarios como para el personal”, y para ello será necesario que las instalaciones sean “adaptadas técnicamente conforme a los lineamientos establecidos en los anexos”.