Así lo ordenó la Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil, ordenó que el monto establecido en una primera instancia por daño extrapatrimonial sea superior al dictado inicialmente por el Tribunal de Gestión Asociada Cuarto; que había fijado una suma de $400.000. Ahora deberán pagarle $ 2.000.000, valorando el daño sufrido y el reclamo inicial de los abogados de la mujer.
En abril de 2013 tuvo una discusión con su pareja (también policía) en la puerta de su casa, y el sujeto “la tomó de un brazo y la hizo volar por los aires, golpeando su cara en el suelo, provocándole un corte en el mentón y un fuerte dolor que le impedía mover la boca”.
Fue llevada al hospital Paroissien donde se le practicaron los primeros auxilios, siendo derivada a la Clínica Francesa y a la Clínica Odontológica de OSEP para ser tratada por traumatismo maxilofacial; debiendo hacer tratamiento fisioterapéutico y ortopédico por sesenta días.
Ante esta situación decidió concurrir a la Oficina de asistencia al policía, para asesorarse y pedir ayuda, habiendo denunciado el hecho de violencia doméstica en la Oficina Fiscal N° 10.
El 13 de abril de ese año, la Oficina de Asistencia al Policía decidió retenerle el arma reglamentaria como medida preventiva y se le asignaron tareas administrativas, siendo derivada a Junta Médica. Allí fue atendida por los dos médicos que determinaron, también en forma preventiva, su traslado al hospital El Sauce, para recibir apoyo y contención.
En ese nosocomio, sin ser entrevistada por un médico, se le llenó una ficha y se le comunicó que por pedido de la Junta Médica debía quedar internada, permaneciendo allí desde dos días hasta que un médico le dio el alta y luego un certificado donde la considera apta para el ejercicio policial, indicando la restitución a su lugar de trabajo.
Esta indicación no fue aceptada por Sanidad Policial, otorgándole 30 días más de licencia, sin realizar ningún examen ni diagnóstico, hecho que –según la demanda- fue considerado como “discriminatorio, despectivo e irrespetuoso” que solo logró revictimizarla.
En tanto que la denuncia penal se encontraba paralizada, su pareja seguía trabajando en la Fuerza.
Ante semejante destrato institucional, la justicia atendió los considerandos de la demanda que apuntan “más allá de los actos de violencia doméstica, la falta de contención por parte de la fuerza policial, la discriminación entre víctima y victimario, la inactividad de la fiscalía y el maltrato recibido por Sanidad Policial, minaron su salud mental”.
Por otra parte, su salario se vio disminuido, ya que el retiro del arma afecta directamente en los ingresos. Mientras estaba bajo tratamiento médico, “Sanidad Policial no seguía las indicaciones del médico tratante, manifestando en cada entrevista que nunca se iba a recuperar, prorrogando sus licencias de manera indefinida”.
Ahora, por orden de la justicia, el estado provincial deberá indemnizar a la víctima con una suma aproximada de 2 millones