La muy polémica medida fue comunicada por el Ministerio de Economía mediante la Resolución 775/2024 publicada en el Boletín Oficial, y es parte del principio de desregulación fijado en el DNU 70, promulgado en diciembre del 2023 con el comienzo de la gestión de Javier Milei.
Así, en caso de sufrir muerte o incapacidad por causa de accidente, los seguros de las empresas de ómnibus no cubrirán ninguna indemnización al pasajero afectado o a sus familiares.
La normativa derogó la Resolución 684 sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández, que establecía la ampliación del seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos de muerte e incapacidad de pasajeros por accidentes en servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de larga distancia.
Con la anulación de la regulación, también queda sin efecto la obligación a las empresas de transporte de informar el costo del seguro en los boletos que se había dispuesto “a los efectos de dejar constancia del alcance de la cobertura otorgada a los pasajeros”.
El texto oficial recordó que el mencionado DNU establece el principio de desregulación, disponiendo que “el Estado Nacional promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.
En ese sentido, aludió que establece que “para cumplir ese fin, se dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.
Rápidamente, las redes sociales se llenaron de comentarios respecto a la polémica medida, denunciando un «desamparo» a los pasajeros.
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