“El día viernes recibimos la circular de que desde el día lunes quedaba modificado el sistema”, indicó Elsa Méndez, autoridad del Centro de Emisión de Licencias de Conducir Tunuyán; en diálogo con “Amanecidos” de Radio 2 (101.9).
La funcionaria explicó el alcance de las modificaciones que introdujo la provincia de Mendoza para el otorgamiento de licencias de conducir.
“Lo importante de destacar es que las modificaciones son solamente para las licencias comunes, es decir las categoría particulares, auto y/o camioneta o moto. No para las licencias profesionales, que no han sufrido modificaciones y siguen igual que siempre”, indicó.
“Las licencias particulares ahora, desde los 18 a 65 años de edad se expedirá por diez años, de 66 y hasta 75 es por el término de cinco años, y desde 76 es por tres años. Desde los 66 años, es importante destacar que el examen escrito es igual que hasta ahora, aunque la prueba de manejo queda a consideración del examen médico. Si se considera que es necesario hacer la prueba de manejo, se realiza”, explicó Méndez.
Consultada sobre el caso de los principiantes, aclaró que “a diferencia de como se venía realizando, aunque tenga 18, 19 o 21 años el aspirante recibirá su primer licencia por diez años”.
Respecto de la licencia profesional de manejo, Méndez aclaró que “se puede adquirir desde los 21 años, siempre que tenga por lo menos un año de licencia particular, es decir categoría B1” Respecto de la existencia de un “tope” de edad para acceder a la licencia profesional, explicó que “está dado por la edad de 65 años. A partir de 65 años ya no es posible obtener licencia profesional”.
Respecto de las renovaciones de licencia, explicó que “la licencia -hasta el viernes- podía ser renovada hasta 90 días del vencimiento, aunque desde ese día ya no podía conducir más. Ahora, con la modificación sigue vigente la prohibición de conducir, una vez vencida, pero se extendió el plazo para renovarla hasta doce meses”
Finalmente se refirió a una circunstancia que no mucha gente conoce y que suele suscitar sorpresas entre quienes se encuentran con ella: “todo ciudadano que realice modificaciones de sus datos en el DNI, como por ejemplo cambio de domicilio, o incluso de sexo, debe actualizar los mismos en su licencia de conducir, en un plazo no superior a 90 días de realizada la edición del mismo. Caso contrario, la licencia caducará a los 90 días de producido el cambio no denunciado. Es decir que el DNI debe ser un espejo –en cuanto a los datos- de la Licencia de Conducir”.