Cómo funcionará.
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno autorizó al «autodespacho» de combustible en todas las estaciones de servicio del país. Hasta ayer, que el cliente llene por sus propios medios el tanque de su vehículo estaba prohibido. La única excepción había sido en horarios nocturnos y en algunas ciudades, por el riesgo de asalto a los playeros. Desde hoy, el «autodespacho» es una modalidad optativa, aunque siempre se podrá seguir pidiendo la ayuda de los «playeros».
El «autodespacho» estaba prohibido en Argentina por un decreto de septiembre de 1983. La antigua normativa establecía:
“Queda terminantemente prohibido el manejo de los surtidores por parte de personal ajeno a la dotación perteneciente a la estación de servicio y demás bocas de expendio, siendo responsable el expendedor del cumplimiento de esta disposición. En caso de implantarse el sistema de autoservicio, la Secretaría de Energía queda facultada para autorizar las excepciones correspondientes a la presente norma”.
Pero, como ya se había anticipado, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía, Luis Caputo, firmaron el Decreto 46/2025 que vuelve a autorizar esta opción. Los dos funcionarios fundamentan la decisión en que el «autodespacho» está permitido en lugares como Estados Unidos (desde 1964), los países miembros de la Unión Europea (desde 1982) y países latinoamericanos como Chile, Perú, Venezuela, Colombia y Uruguay.
Los funcionarios nacionales sostienen que esta modalidad «permitirá a las estaciones de servicio contar con una posibilidad más para organizar la oferta de sus servicios; incluso podría permitir la fijación de un precio diferenciado más bajo para esta alternativa, con claro beneficio para el consumidor».
Además sostienen que «posibilitará que las estaciones de servicio que actualmente restringen sus horarios comerciales puedan ofrecer un servicio continuo durante las 24 horas del día con un costo operativo menor, lo que resultará especialmente beneficioso para aquellos que necesitan cargar combustible en horarios no convencionales».
En la reglamentación, Francos y Caputo publicó las reglas que deberán seguir las estaciones de servicio y los usuarios para implementar el «autodespacho».