El Tribunal interpretó que el argumento presentado por la usuaria es adecuado y proporcional, por lo que ordenó a Edemsa “que se abstenga de efectuar cortes y/o suspensiones en el suministro de energía eléctrica por falta de pago”. También le requirió a la empresa información sobre el estado del servicio y que aclare si la demandante realizó algún reclamo formal por escrito, “debiendo acompañar en su caso, el mismo y la decisión adoptada”.
Todo comenzó cuando una mujer de Guaymallén denunció que su boleta de Edemsa pasó de $19.854 en el primer bimestre del año a $62.416 en el periodo siguiente. En su demanda planteó que se trató de una suba “exorbitante” de 214,37%, “muy por encima del incremento del índice de la inflación y más de diez veces superior al incremento de los salarios y las jubilaciones”.
El 3 de abril venció la factura y 20 días después Edemsa la intimó a pagar, bajo apercibimiento de cortar el suministro. Ante la imposibilidad de hacerle frente al primer vencimiento de la boleta, solicitó a la distribuidora no llegar a esa instancia: “Vivo con mi esposo que sufre una discapacidad y carece de ingresos”, argumentó.
Además, la jubilada pidió una “acción sumarísima de consumo” para que “se declare la nulidad e inconstitucionalidad de las resoluciones que disponen incrementos en la tarifa de electricidad a su cargo como usuaria residencial, a partir del primero de febrero de 2024”.
La demandante, “en su carácter de consumidora vulnerable”, destacó que en su caso particular el aumento final de la boleta fue de 214,37% cuando el incremento de su consumo no llegó a 23%. Además señaló que cobra $216.231 como jubilada docente, “por lo que el monto de la factura de electricidad le insume casi el 30% de sus ingresos mensuales”.
Según publicó El Sol, aunque la medida cautelar fue dirigida exclusivamente contra Edemsa, la demanda también apunta contra resoluciones del Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) y de la Secretaría de Energía de la Nación, y un decreto del gobierno provincial. Por ese motivo, la Justicia Federal solicitó informes a cada uno de ellos.
“Vale destacar que la medida interina no implica en modo alguno adelantar juicio sobre la viabilidad o procedente de la precautoria pues, exclusivamente, procura atender la delicada situación que alega la accionante mientras se recaba el informe a los organismos demandados”, dice la resolución del Juzgado.
En tanto, el EPRE y Edemsa informaron que aún no han sido notificados sobre esta decisión de la Justicia.