La medida implica que las compañías aseguradoras de Argentina ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico.
Así lo determinó la Superintendencia de Seguros de la Nación, que publicó ayer en el Boletín Oficial la resolución que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora.
De acuerdo con lo establecido, únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador.
En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”.
La Resolución SSN 217.2024 dio un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, la modificación se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir, al momento de renovar las pólizas.