Se trata de Lucas Matías Esquivel, José Augusto Vicente Minervini, Martín Ignacio Vanin, Hipólito Rigoberto Riveira, Carlos Méndez, María Victoria Gómez, Juan Pablo Cartofiel y Nicolás Centarti, todos trabajadores que tienen cargos temporarios y que se encuentran afiliados a los gremios Apel y UPCN.
El Gobierno de Mendoza solicitó a la Asesoría de Gobierno que inicie acciones judiciales para excluir de la tutela sindical a ocho empleados de la Legislatura provincial. El pedido fue realizado por el equipo de la vicegobernadora Hebe Casado y responde al plan de reestructuración del personal que lleva adelante la nueva gestión del Senado.
En el Decreto Nº 1394, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el gobernador Alfredo Cornejo instruyó al asesor de Gobierno, Ricardo Canet, y a los abogados auxiliares de esa dependencia a iniciar, proseguir y concluir las acciones judiciales a los efectos de excluir de la tutela sindical a ocho agentes estatales.
La Cámara de Senadores emitió un dictamen legal solicitando dar inicio a procedimientos de exclusión de tutelas sindicales de diverso personal, en medio de un procedimiento de revisión de las designaciones de los agentes en miras a reestructurar y reordenar la planta de personal.
En el marco de la elección de delegados sindicales, las autoridades del Senado se habían opuesto y habían impugnado la postulación como delegados sindicales de la Asociación de Personal de Empleados Legislativos (APEL) de Carlos Méndez, María Victoria Gómez, Juan Pablo Cartofiel y Nicolás Centarti.
A su vez, también se opusieron e impugnaron la postulación como delegados sindicales de la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN) de Lucas Matías Esquivel, José Augusto Vicente Minervini, Martín Ignacio Vanin e Hipólito Rigoberto Riveira.
El Senado impugnó la procedencia de ciertas candidaturas debido a que consideraba que no cumplen los requisitos exigidos para ello.
En los fundamentos del decreto se aclara que “el marco de protección de la Ley de Asociaciones Sindicales solo alcanza a las condiciones laborales del personal permanente de planta, y no puede aplicarse extensiva ni analógicamente a quienes tuvieren solo un nombramiento temporario, ni a aquellos que estuvieren ejerciendo un cargo de manera interina con retención de otro permanente”.
Asimismo, agregan que “la tutela sindical solo puede alcanzar a quienes gozan de estabilidad en su empleo por prestar funciones en un cargo de planta permanente”.
Desde el equipo de Casado aclararon que se trata de ocho empleados que tienen cargos temporarios, que en el caso del Senado se renuevan año a año.
En tanto, al contar estos trabajadores con tutela sindical las autoridades no pueden hacer ninguna modificación sobre su situación laboral, ya sea subirles o bajares la categoría. Por ello, avanzaron con este proceso legal.
Resaltaron que se trata de una cuestión administrativa que forma parte del movimiento de la cámara y que responde a la impronta de la nueva gestión de querer ordenar la situación del personal de la cámara.