De qué se trata.
El Ministerio de Producción informa que la Ley 9133, que obligaba a registrar los contratos de compra-venta de materias primas agrícolas, fue derogada tras haber recibido sanción definitiva por la Cámara de Diputados de la provincia.
Dicha ley, impulsada en 2019, establecía que los contratos que tengan por objeto la compra venta de productos de origen agrícola, cuyo uso o destino final fuera su entrega a establecimientos agroindustriales de la provincia de Mendoza, debían ser registrados obligatoriamente, ya había recibido media sanción en Senadores.
“El proyecto que impulsamos tiene por objetivo principal proteger a los pequeños productores restableciendo la libertad contractual y garantizando la transparencia en las transacciones”, comentó el ministro de Producción, Rodolfo Vargas Arizu.
En este sentido, el funcionario provincial agregó: “Cuando presentamos este proyecto contábamos con un total de 43.000 contratos registrados en los últimos cuatro años y solo 397 fueron infraccionados, todos por formalismos, sin denuncias por problemas de pago o entrega de mercadería”.
“Esta ley significa una tarea burocrática y una erogación de contratos y sellos, que se traduce, concretamente, en la quita de fondos a la actividad privada”, agregó el titular de Producción. Además, destacó, por otro lado, la importancia de fortalecer las economías regionales con normas adecuadas que fomenten el desarrollo y crecimiento del sector.
La intención de la ley era proteger a los pequeños productores mediante la obligación de registración, asegurando que se establecieran precios y plazos de pago antes de la entrega de la producción. Sin embargo, en la práctica, los resultados no fueron los esperados.
Un ejemplo claro fueron las actividades vitivinícola y frutícola, donde los acuerdos definitivos no pueden cerrarse antes de contar con una aproximación certera sobre las cantidades de fruta y variedades disponibles. Esta información solo se obtiene una vez que la materia prima ha sido cosechada y pesada en el establecimiento elaborador.
“Además, los precios relativos por variedad y zona se clarifican al finalizar la cosecha, cuando ya se conoce el stock resultante y las condiciones del mercado, lo que ha generado un desfase entre los precios acordados y los reales en el momento de la entrega”, agregaron.
Muchos sectores productivos y entidades gremiales coincidieron en que la norma entorpecía el comercio y dificultaba la toma de decisiones en condiciones de incertidumbre, ya que factores como el clima y las condiciones de mercado podían modificar sustancialmente la producción y los acuerdos previos.
En respuesta a estas críticas, la nueva ley establece que los establecimientos que reciban materias primas para su industrialización, acopio o transporte deberán entregar un recibo al productor detallando la cantidad, calidad, precio pactado y la forma de pago.
Además, el Ministerio de Producción será el encargado de recolectar y difundir información clave sobre las actividades agropecuarias para garantizar la transparencia y facilitar la toma de decisiones.
La derogación de la Ley 9133 marca un avance en la defensa de la libertad contractual y busca restaurar el equilibrio en las negociaciones entre productores y establecimientos receptores, adaptándose mejor a las realidades del sector productivo de Mendoza. La nueva normativa entrará en vigencia tras su publicación oficial.